Acompañamiento a personas con discapacidad

Submitted by nelson.rosas on Thu, 04/07/2022 - 19:15

Tomando en cuenta las disposiciones establecidas en la Ley 7600 y el articulo 17 adaptaciones y servicios de apoyo los centros educativos efectuarán las adaptaciones necesarias y, proporcionarán los servicios de apoyo requeridos para que el derecho de las personas a la educación sea efectivo de igualdad de oportunidades para las Personas con Discapacidad y su reglamento, así como las de la Ley 8661 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, se establece el “Servicio de Apoyo Educativo para Estudiantes con Discapacidad” con el fin de favorecer el acceso de esta población a la educación superior universitaria.

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